Aeca-ITV explica el papel clave que tendrá la inspección técnica para comprobar el correcto funcionamiento de los ADAS que deberán tener todos los vehículos nuevos a partir del 6 de julio.
A partir del 6 de julio, todos los vehículos nuevos deberán estar equipados con hasta diez sistemas de ayuda al conductor (ADAS). Se trata de una medida tomada por la Unión Europea para evitar que se produzcan siniestros viales y se reduzca su gravedad. De hecho, un informe del Parlamento Europeo cifra en 25.000 las muertes y en 140.000 los heridos graves que podrían evitar los ADAS en los próximos 18 años.
Con el propósito de mejorar la seguridad vial, los sistemas que deberán incluir los vehículos nuevos son los siguientes: el asistente de velocidad inteligente, la cámara trasera con detección de tráfico cruzado, la alerta de cambio involuntario de carril, el alcoholímetro anti arranque, la advertencia de somnolencia y pérdida de atención, el frenado de emergencia con protección especial a usuarios vulnerables de la vía pública, el registrador de datos, la alerta de cinturón en las plazas traseras, el control de crucero adaptativo y el sistema de control de presión de neumáticos.
Sin embargo, desde la asociación Aeca-ITV recuerdan que, para garantizar que los ADAS cumplen con su función, es vital que dentro del marco de la homologación de vehículos se siga teniendo en cuenta la comprobación de estos nuevos sistemas de seguridad por parte de las autoridades competentes por medio de la ITV, para que se pueda comprobar su correcto estado durante toda la vida útil del vehículo.
Reglamentos individuales
La norma estipula que los fabricantes deberán permitir el acceso a la verificación de estos sistemas. Para ello, se deben aprobar reglamentos individuales de cada uno de ellos, definiendo cómo deben funcionar y cómo se deben comprobar en la ITV. Hasta el momento, sólo cuatro de estos diez sistemas ADAS tienen reglamentos: el registrador de datos de incidencias, el sistema de advertencia de somnolencia y pérdida de atención del conductor, el sistema de asistente de velocidad inteligente y el sistema de emergencia de mantenimiento de carril.
Todas estas normas regulan la comprobación de los ADAS en la ITV por medio de los sistemas de chequeo del sistema del vehículo y por comprobación de la centralita de gestión. Además, establecen que los fabricantes deberán asegurarse de facilitar la información técnica para su comprobación en la ITV por medio de la mencionada centralita.
Los fabricantes deben facilitar la información técnica
Las estaciones de ITV de España podrán estar preparadas en breve para la verificación de estos sistemas de ayuda al conductor. Una comprobación que, según Aeca-ITV, será esencial para garantizar el correcto funcionamiento de esta nueva tecnología y su aporte a la mejora de la seguridad vial, para lo que resulta esencial que los fabricantes faciliten la información técnica para el uso de su comprobación y verificación. “Si no se realiza, nos podríamos encontrar en un futuro muy cercano con vehículos equipados con sistemas de seguridad avanzados, con alta dependencia en la conducción del usuario en ellos, y sin que se pueda verificar el estado de los mismos”, añaden desde la asociación.
Aunque desde el 20 de mayo de 2020 el Reglamento 2019/621 obliga a los fabricantes de vehículos a facilitar los datos técnicos para realizar la ITV, de momento algunos de ellos no lo están haciendo. Desde Aeca-ITV aseguran que algunos fabricantes no están permitiendo un acceso factible y fácil a esta información por tres causas: el formato de los datos no es estructurado y la plataforma no es común, algunos fabricantes no suministran información técnica y muchos de los que lo hacen lo pretenden cobrar, en contra de lo establecido en el propio reglamento.
Según Guillermo Magaz, director gerente de Aeca-ITV, “para desarrollar los procedimientos de inspección y evaluación de los vehículos modernos que ya incorporen estos nuevos sistemas y tecnología, la ITV necesita un acceso no discriminatorio, libre e independiente a los datos originales del vehículo, incluido software actualizado e identificación de software de vehículos. Por tanto, debe ponerse a disposición de los centros de ITV la información técnica necesaria para llevar a cabo las ITV de manera accesible, sin restricciones, sin coste y carente de discriminación. Para ello, también es necesaria la creación de una plataforma electrónica, europea o estatal, de información sobre vehículos, con datos para la ITV definidos y estandarizados”.